OFICINA DE CONTROL FÍSICO - ALCALDIA DE PASTO

Pagina Web de la Oficina de Control Físico, Secretaría de Gobierno, Alcaldía de Pasto. En esta página se pretende dar información a los ciudadanos del Municipio de Pasto acerca de la normatividad urbanística vigente.

lunes, 15 de junio de 2009

¿QUÉ DEBO HACER SI QUIERO CONSTRUIR?

Si usted quiere construir, es decir realizar una ampliación, remodelación o cualquier otra intervención a un inmueble, debe realizar los siguientes pasos:


¿Dónde lo Solicito? ¿Qué contiene este documento?
PASO 1:
CARTA CATASTRAL
Instituto Geográfico Agustín Codazzi
Calle 18A No. 21A-18
La Carta Catastral se obtiene mediante escritura o número de predio del lote o la vivienda.

Es un plano que indica la ubicación del lote o la vivienda dentro de la ciudad y a nivel de manzana con los límites del predio.
PASO 2:
DEMARCACIÓN URBANÍSTICA Y ARQUITECTONICA
Planeación Municipal Alcaldía Municipal de Pasto, Anganoy,los Rosales II. Se solicita llevando la Carta Catastral y el recibo de pago del impuesto predial a la oficina de Planeación Municipal.

Este documento define la Línea Paramental, es decir límite entre la zona que usted puede construir y el área de uso público; además contiene la nomenclatura, el tipo de suelo, uso de suelo, y la posible afectación o riesgo que puede presentar el predio.
PASO 3:
LICENCIA DE URBANISMO O CONSTRUCCIÓN
Curaduría Urbana Primera:
Cra 29 No. 18-21
2do. piso

Curaduría Urbana Segunda: Calle 18 No. 19-95 Oficina 208.

La respectiva licencia se solicita con la demarcación urbanística en una curaduría urbana, donde dependiendo de la obra le solicitarán una documentación adicional.

Los curadores urbanos tienen hasta 45 días hábiles para pronunciarse sobre las solicitudes de licencia, contados a partir de la recepción del proyecto.

* NO se requiere licencia para reparaciones locativas, como son el mantenimiento, la sustitución, la restitución o mejoramiento de los materiales de pisos, cielorrasos, enchapes, pintura en general, y la sustitución, mejoramiento o ampliación de redes de instalaciones hidráulicas, sanitarias, eléctricas, de teléfono o gas. (Art. 10 Decreto 564 de 2006).

Además de la anterior documentación se requiere, según el Art. 18 del Decreto Nacional 564 de 2006, que toda solicitud de licencia urbanística deberá acompañarse de los siguientes documentos:

Certificado de Libertad y Tradición: Es un documento expedido por la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Pasto, en el cual se da a conocer el historial del inmueble o predio. Tal documento se solicita con el número de la Matrícula y con el nombre del propietario y consignando el valor correspondiente.

Formulario Único Nacional: Es la solicitud de la licencia debidamente diligenciado por el solicitante. En este formulario de diligencia la siguiente información: Identificación de la solicitud (tipo de tramite, modalidad de licencia de construcción o Modalidad de licencia de subdivisión), información del predio (dirección, identificación catastral, matricula inmobiliaria, entre otros), información de los vecinos colindantes, Linderos, dimensiones, áreas y titulares y profesionales responsables.

Representación Legal: Si el solicitante de la licencia fuera una persona jurídica, deberá acreditarse la existencia y representación de la misma mediante un documento idóneo.

Poder: Este debe ir debidamente otorgado, cuando se actúe mediante apoderado.

Copia de Recibo Predial: Copia del documento que acredite el pago o declaración privada del impuesto predial.

Citación a Vecinos Colindantes: Es la relacion de la dirección de los predios colindantes al proyecto objeto de la solicitud.

Memorias de Cálculos Estructurales y Juego de planos (Arquitectónicos y Estructurales).


CONOZCAMOS NUESTRAS NORMAS URBANISTICAS Y COMPROMETÁMONOS CON EL DESARROLLO Y EMBELLECIMIENTO DE NUESTRA CIUDAD.

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